Como en años anteriores se ha comunicado a la Agencia Tributaria la relación de las donaciones efectuadas a la Hermandad durante el Ejercicio 2016, que como es sabido, son deducibles de la declaración de la renta. A este respecto, pasamos a informar de lo siguiente.

Los porcentajes deducibles de las donaciones, que han afectado al ejercicio 2016 serán del 75% para los primeros 150€. El resto de la donación que supere los indicados 150€, se deducirá exclusivamente el 30%, o bien, el 35% si el contribuyente ha realizado donaciones por importe igual o superior (mínimo 150€), a la misma entidad, en los dos ejercicios anteriores, es decir, en el 2014 y 2015, con el límite del 10% de la base liquidable total del contribuyente.

Se pone a disposición de todos los hermanos que lo requieran, el preceptivo certificado de las donaciones efectuadas en el ejercicio expedido por la hermandad.

Para mayor información al respecto pueden efectuarla en la sede de la hermandad en el horario habitual de los martes. 

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Fecha de la noticia: 08/02/2017
Santos del día: Paulo

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