Para todos aquellos hermanos y devotos que quieran contribuir de manera económica con la Hermandad, les recordamos que los donativos entregados a esta, tienen desgravaciones fiscales.
Tan sencillo con realizar una transferencia a la cuenta: IBAN ES97 0075 1225 1206 0001 9086 indicando claramente el donante.
A la Hermandad le es de aplicación el régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por lo que los donativos realizados a favor de la misma serán deducibles en la declaración de la renta del ejercicio en curso.
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Fecha de la noticia: jueves 06/02/2014
Santos del día: Amando, Dorotea
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